La crisis económica que ha atravesado la economía mundial durante 2009 ha sido especialmente intensa en España, con una desaceleración del PIB de 3,1%. Esta difícil situación se ha visto reflejada directamente en la pérdida de empleo.
La tasa de desempleo en España ha pasado del 13,91% en el último trimestre de 2008, al 18,83% en el mismo periodo de 2009, siendo el paro registrado en diciembre de 3.923.603 personas.
Estas circunstancias han llevado al Gobierno a adoptar distintas medidas en materia laboral, con el objetivo de dar cobertura a los trabajadores desempleados, intentar frenar la destrucción de empleo y mantener el mismo, e impulsar el proceso de generación de nuevos puestos de trabajo. La primera decisión que se ha llevado a cabo en marzo de 2009, fue aprobar el Real Decreto-Ley 2/2009 de medidas urgentes para el mantenimiento y fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas. Esta normativa abordaba principalmente nuevas regulaciones en cuanto a Expedientes de Regulación de Empleo, aplazamiento y bonificación de las Cuotas a la Seguridad Social para determinados supuestos, actuaciones para fomentar la contratación a tiempo parcial y el reforzamiento del Sistema Público de Empleo Estatal (SPEE).
Asimismo en agosto de 2009, el Ejecutivo aprobó también el “Programa Temporal de Protección de Empleo e Inserción (PRODI), por el que se establecía una renta mensual de 420 € a aquellas personas que hubieran agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo desde el día 1 de enero de 2009 y no tuvieran derecho al subsidio, siempre que carezcan de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, así como aquellos que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por desempleo.
En estas difíciles circunstancias económicas, las empresas se han visto obligadas a adoptar medidas para intentar adaptar sus costes fijos a la drástica caída de la demanda, con el fin de sobrevivir en el futuro. La medida de flexibilidad laboral que más se ha utilizado en España en 2009 en los distintos subsectores ha sido la presentación de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), principalmente temporales. A finales de año el número de trabajadores afectados con esta medida era el cuádruple que los afectados en 2008. De los expedientes presentados, el 68,49% han sido de suspensión, es decir temporales, y el 20,53%2 han sido de extinción o definitivos.
Las empresas siderúrgicas no han sido ajenas a los problemas de otros sectores y para poder hacer frente a la disminución de la cartera de pedidos, unido a los incrementos de los costes energéticos, entre otros, se han visto obligadas a presentar Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), con el fin de ajustar sus costes a la caída de la demanda de sus productos.
Podemos decir que todos los ERE presentados en nuestra industria durante el año han sido temporales o de suspensión y han sido autorizados por causas organizativas o de producción, siendo la media de días de suspensión en nuestras empresas de 91 días por trabajador frente a los 122 días por trabajador de media en la totalidad de los expedientes presentados en España.
Esta situación coyuntural no ha finalizado en el año en curso y aunque a finales de 2009 la recuperación de la economía mundial era ya un hecho, la economía española que no se ha recuperado aún, ha hecho que la mayoría de los ERE presentados por nuestras empresas se hayan prorrogado para continuar vigentes en los primeros meses de 2010.
La Industria Siderúrgica Española, por lo tanto incluyendo el subsector de primera transformación, ha empleado directamente a 26.222 trabajadores en 2009, siendo la productividad en este año de 676,4 toneladas/hombre.
Como suele ocurrir en años de dificultad económica, la situación en 2009 no ha favorecido a que las organizaciones empresariales y sindicales llegaran a acuerdos como en años anteriores en cuanto a Negociación Colectiva y, por tanto, las organizaciones CEOE, CEPYME, UGT y CC.OO no firmaron El Acuerdo Interconfederal para la Negociación Colectiva (ANC), que marca las orientaciones y recomendaciones para los convenios colectivos que se revisaban a lo largo del período, y que venían firmando de forma continua desde hace varios años. Esta situación ha llevado a que en algunos sectores, como el metal, aparecieran algunos conflictos derivados de las negociaciones de convenios sectoriales provinciales que finalmente se han solventado con la ayuda de la firma del “Compromiso de actuación sobre la negociación colectiva pendiente en 2009” llevada a cabo por CEOE, CEPYME, UGT y CC.OO a finales del ejercicio.
Asimismo, en el año 2009 y tras el Acuerdo sobre Formación y Promoción de la Salud y Seguridad en el Trabajo del Sector Metal entre CONFEMETAL y las Organizaciones Sindicales más representativas (UGT y CC.OO), se articuló y se firmó entre la Fundación Laboral de la Construcción (FLC) y la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo (FMF) un convenio de colaboración para la expedición de la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) en el ámbito del Sector Metal. El objetivo del acuerdo ha sido asegurar la existencia de un único sistema de acreditación de la formación en materia de prevención de riesgos laborales recibida por los trabajadores que realizan su actividad en las obras de construcción.
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