Las Directivas de Ecodiseño y Etiquetado energético y Reglamentos sobre Etiquetado ecológico y Sistema de certificación EMAS han sido debatidas durante el 2009. Dada la trascendencia y posible impacto de las diferentes Directivas, UNESID y Eurofer han analizando sus posibles implicaciones. Dentro de las propuestas de enmiendas, la mayor preocupación del sector se centra en la consideración del Análisis de Ciclo de Vida en su conjunto durante el establecimiento de criterios ambientales y la no extensión de la Directiva de Ecodiseño en el 2012 a todos los productos que se comercialicen en Europa.
UNESID se ha mostrado desfavorable a cualquier propuesta que implicara doble regulación o cargas adicionales a las ya existentes, como el REACH, favorecer el ecoetiquetado que tenga en cuenta el ciclo de vida completo.
Una enmienda presentada por el Parlamento, y finalmente aprobada, incapacita la obtención del ecoetiquetado a los productos que contengan sustancias peligrosas (art. 6.6). Esto afectaría a algunos productos de acero inoxidable o altamente aleados que contengan, por ejemplo, níquel o cromo, incluyendo turbinas, células solares, coches híbridos, equipamiento quirúrgico, tuberías y sistemas de distribución eléctricos de alta eficiencia (por nombrar algunos).
Por otro lado, la clasificación del Niquel como sustancia peligrosa puede conllevar restricciones en la producción y uso de muchos artículos que contienen Niquel, así como dificultades operativas en fábrica, ya que quedaría también identificado como compuesto tóxico para los trabajadores. Las políticas de Ecoetiquetado y Compras Públicas Verdes (CPV) afectarían gravemente también a la cadena de transformación del acero inoxidable, impidiendo que muchos de los productos fabricados no pudieran acreditarse con la ecoetiqueta o acceder al mercado de las compras públicas. UNESID ha expuesto su preocupación a que esta aproximación errónea restrinja el mercado de productos, que técnica y ambientalmente destacan por tener un comportamiento ambiental excelente durante todo su ciclo de vida.
En cuanto a la Directiva de Etiquetado Energético, el Parlamento Europeo, fruto de su votación en abril de 2009, quiere ampliar el ámbito de aplicación a todos los productos que tengan un impacto ambiental significativo, directo o indirecto, incluyendo los productos de la construcción.
Como comentarios generales en relación a los requisitos de CPV, el sector está haciendo hincapié en la necesidad de evaluar el comportamiento ambiental de un producto, considerando el enfoque de reciclabilidad en vez del contenido en materiales reciclados, ya que éste último aporta muy poca información sobre el buen comportamiento ambiental de un producto y puede desincentivar la producción eficiente y el uso de metales reciclados.
En mayo de 2008 la Comisión adoptó una propuesta de Regulación
que establece condiciones armonizadas para la comercialización de productos de la construcción, (COM (2008) 311) para promocionar la libre circulación y uso de estos productos en los mercados internacionales y sustituir la antigua Directiva sobre productos de la construcción (89/106/EEC). Tiene la intención de aclarar y dar fiabilidad a las declaraciones de rendimiento, el marcado CE, lo cual redundaría en reducción de costes para fabricantes.
El Comité de Expertos de Normalización del CTN 198 de Aenor sobre Construcción Sostenible ha recogido los comentarios realizados por UNESID, que tras solicitar formar parte como miembro activo en dicho Comité, ha logrado transmitir a los distintos representantes de escuelas de arquitectura, empresas constructoras y otras asociaciones, la importancia de considerar la reciclabilidad en los productos a la hora de evaluar el índice de sostenibilidad de un edificio y no sólo el origen de los mismos, dado que es una ventaja inherente en el acero. Además premiaría a aquellos productos constructivos que se diseñen teniendo en cuenta su reciclabilidad.
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